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Abierto el plazo para solicitar ayudas individuales a mayores y discapacitados

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ancianosEl teniente de alcalde y delegado de Asuntos Sociales, Helenio Lucas Fernández, ha informado de que en los tres centros de los servicios sociales se informará y se tramitarán las solicitudes que se reciban para obtener ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad, por los conceptos previstos legalmente. El plazo finaliza el jueves 20 de abril.

Los interesados deben ir revisando si cumplen los requisitos y tienen los presupuestos de los conceptos subvencionables con anticipación. El órgano competente para resolver es la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicó el pasado 21 de marzo la convocatoria de este tipo de ayudas, cuyas bases reguladoras ya fueron publicadas con anterioridad, concretamente en el BOJA del día 15 de febrero.
Las ayudas para las personas mayores tienen por objeto facilitarles la mayor autonomía posible, mediante la financiación de la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales. Para ser beneficiarias de estas ayudas los requisitos que deben reunir los mayores solictantes son: ser personas físicas mayores con vecindad administrativa en algún municipio de la comunidad autónoma de Andalucía, con una renta per cápita de la unidad económica de convivencia no superior al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), tener cumplidos 65 años, estar inactivas laboralmente, que no hayan sido beneficiarias por el mismo concepto en la convocatoria anterior y dispongan de un presupuesto cierto del concepto subvencionable, según se establece en las bases reguladoras.
Los conceptos subvencionables son la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales.
Respecto a las subvenciones individuales para personas con discapacidad, también su objeto es facilitarles la mayor autonomía, mediante la financiación de algunos de los siguientes conceptos, en los términos previstos en las bases reguladoras: La adaptación de vehículos a motor; la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS; los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
Las personas beneficiarias en esta modalidad de ayuda tienen que cumplir con los siguientes requisitos: Ser personas físicas con discapacidad y vecindad administrativa en algún municipio de la comunidad autónoma de Andalucía, con una renta per cápita de la unidad económica de convivencia que no sea superior al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), con un reconocimiento de una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33%, que disponga de un presupuesto cierto y con informe favorable del centro de valoración y orientación, en el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, según se establece en las bases reguladoras.
Las solicitudes pueden recogerse en cualquiera de los tres centros de los servicios sociales, de lunes a viernes y de 10.00 a 14.00 horas. Los solicitantes deberán tener en cuenta que los datos económicos que se toman como referentes son los relativos a la declaración del IRPF del ejercicio 2015, presentada en 2016, y que las cuantías del IPREM son: IPREM diario: 17,75 euros/día; IPREM mensual, 532,51 euros/mes; IPREM anual (12 pagas): 6.390,13 euros/año E IPREM anual (14 pagas): 7.455,14 euros/año.

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