Redes Sociales Cabecera

Punto de Acceso General electrónico del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción

Directorio Telefónico        facebook  twitter  youtube

B-Accessibility

Menu

Servicios Sociales

0
0
0
s2sdefault

Servicios Sociales color

Los Servicios Sociales pertenecen a la Concejalía de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción. Se estructuran físicamente en tres Zonas de Trabajo Social (ZTS), considerándolas como demarcaciones susceptibles para una prestación eficaz de los mismos, siendo estas:

• Centro de Servicios Sociales Zona Básica Levante:

          C/ Clara Campoamor s/n. Tel.: 956645210. . Correo electrónico: serviciossocialeslevante@lalinea.es

• Centro de Servicios Sociales Zona Básica Poniente:

          Avda. Virgen  Purísima Concepción s/n. Tel.: 956178258.  Correo electrónico: serviciossocialesponiente@lalinea.es

• Centro de Servicios Sociales Zona Básica Centro:

          Barriada Bellavista Locales 21, 22 y 23.  Tel.: 956690039.  Correo electrónico: serviciossocialescentro@lalinea.es 


MISIÓN, VALORES Y OBJETIVOS

  • Misión: Los Servicios Sociales persiguen el logro de unas mejores condiciones de vida para el pleno desarrollo de los individuos y de los grupos en que se integran, mediante programas que eliminen, minimicen y/o prevengan la exclusión social y promuevan su bienestar. Para ello, gestionan o hacen que otros gestionen, los problemas detectados, mediante una atención integrada y polivalente, rápida, eficaz, eficiente, racional y equitativa, apoyando los esfuerzos de los individuos y los grupos.
  • Valores: Hacen referencia a los principios generales de actuación, que son: legitimidad democrática, legalidad, eficacia, eficiencia, economía, coordinación interdepartamental e interadministrativa, transparencia, prevención, celeridad, participación ciudadana, coherencia, simplicidad, comprensión, modernización, objetividad.
  • Visión: Los Servicios Sociales pretender ser unos servicios Sociales en continua adaptación a las diferentes demandas y necesidades sociales, mediante un crecimiento optimizado y sostenible:
    1. Proporcionando una atención cercana y de calidad al ciudadano, actuando de manera descentralizada en las distintas zonas de la ciudad.
    2. Promoviendo la satisfacción de las expectativas de las personas usuarias y que se distinga por proporcionar una eficiencia en la gestión de los recursos.
    3. Ofreciendo mediante la formación un crecimiento personal y profesional a sus empleados para contribuir positivamente a adoptar compromisos con la ciudadanía.


FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS USUARIOS

  • Cuestionarios de satisfacción, que se realizarán periódicamente
  • Sistema de Gestión de Quejas y Sugerencias

 

SERVICIOS QUE SE PRESTAN

SERVICIOS DIRIGIDOS A LA POBLACIÓN EN GENERAL

  • Servicio de información, Valoración y Orientación (S.I.V.O.)
  • Programa de Solidaridad con los andaluces. Salario Social.
  • Asesoramiento Jurídico
  • Prestaciones de carácter económico: Ayudas de Emergencia Social, Ayudas económicas familiares, Programa de Suministros Mínimos Vítales y otras prestaciones de urgencia social
  • Servicio de Ayuda a Domicilio y atención a la dependencia
  • Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía

SERVICIOS DIRIGIDOS AL MENOR

  • Programa de Intervención de Familia e Infancia
  • Equipo de Tratamiento Familiar Programa de prevención e intervención del Absentismo escolar
  • Programa de Ocio y Tiempo Libre
  • Prevención Conductas Infractoras y promoción convivencia menores
  • Convenio de Colaboración medidas judiciales Programa ZNTS “Aula Abierta del Junquillo”
  • Cumplimiento de sanciones Municipales mediante prestación de servicios en beneficio de la comunidad
  • Mediación Familiar e intervención preventiva
  • Prevención del fracaso escolar y la exclusión social

SERVICIOS DIRIGIDOS A MAYORES​

  • Viviendas tuteladas para Mayores

SERVICIOS DIRIGIDOS AL SECTOR DE DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES

  • Centro de Encuentro y Acogida
  • Programa "Ciudades ante la Droga"

SERVICIOS DIRIGIDOS A MINORÍAS ÉTNICAS

  • Plan Integral para la Comunidad Gitana PICGA

 

¿CÓMO SE PRESTAN LOS SERVICIOS?

  • Mediante Cita Previa, que Usted puede solicitar por teléfono o en persona en la ZTS que le corresponda a su domicilio
  • Asignando a cada familia un profesional de referencia y procurando que este se mantenga a lo largo de la intervención
  • Facilitando información actualizada, clara y precisa
  • Tratando de forma personalizada y confidencial cada situación
  • Respetando la intimidad y la capacidad de decisión de la persona que acude a nuestros servicios
  • Valorando y consensuando con la persona usuaria los recursos más adecuados a su situación personal y/o familiar
  • Estando a su disposición para cuantos planteamientos o situaciones particulares quiera poner en nuestro conocimiento

 

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS

DERECHOS DE LOS USUARIOS

  1. A acceder a los centros o servicios sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
  2. A acceder, permanecer y cesar en la utilización del servicio o centro por voluntad propia
  3. A un programa de intervención individual definido y realizado con la participación y el conocimiento de la persona usuaria o, en su caso, su representante legal
  4. A la máxima intimidad personal y a la protección de la propia imagen. Al secreto profesional de su historia sanitaria y social y a la protección de sus datos personales
  5. A participar en las actividades que se desarrollen en el centro o servicio
  6. A asociarse al objeto de favorecer su participación en la programación y desarrollo de las actividades y para la defensa de sus derechos
  7. A presentar quejas y sugerencias
  8. A la información contenida en su expediente personal, a conocer el precio de los servicios que recibirá y en general toda aquella información que requiera como persona usuaria
  9. A mantener sus vínculos socio familiares en los centros en que esté ingresado
  10. A disfrutar de las prestaciones del centro o servicio de acuerdo con su programa de intervención social, así como a una adecuada coordinación, cuando así sea necesario, con otros sistemas afines, como el socio-sanitario, educativo, de empleo, y aquellos otros que puedan confluir con los Servicios Sociales en áreas concretas de la intervención personalizada

El ejercicio de estos derechos podrá ser objeto de limitaciones en virtud de la normativa específica que le sea de aplicación. El decálogo de derechos de la persona usuaria deberá estar expuesto en lugar visible en los centros y servicios autorizados. En el caso de los servicios prestados en el domicilio de la persona usuaria, se le facilitará a ésta el decálogo de derechos, o en su defecto a su representante legal o guardador de hecho.

DEBERES DE LOS USUARIOS

  1. Cumplir las normas específicas que definan y regulen los distintos recursos del ámbito de los Servicios Sociales
  2. Observar una conducta basada en el mutuo respeto, tolerancia y colaboración encaminada a facilitar una mejor convivencia. En este sentido, las personas usuarias y quienes les acompañen, mientras se encuentre en alguno de los centros o fuera de ellos con ocasión de la solicitud, ejecución o gestión relacionada con la intervención social deberán, en lo posible, mantener las adecuadas condiciones de higiene y salubridad personal y del hogar, así como respecto del vestuario, enseres e instalaciones donde se encuentren.
  3. Abonar, en su caso, el precio o tributo que le corresponda por los servicios recibidos
  4. Facilitar toda la información necesaria para valorar sus circunstancias personales, económicas y sociales cuando así lo exija la normativa vigente y responsabilizarse de la veracidad de dicha información. Asimismo, deberán informar de los cambios que se produzcan respecto a su situación.
  5. Hacer un buen uso de los servicios y recursos sociales, evitando el abuso de los derechos, del tiempo y de los recursos económicos, materiales o personales a los que tenga acceso
  6. Acudir con puntualidad a las citas concertadas, atender a los requerimientos que le sean practicados, y evitar interrupciones, discusiones, dilaciones o demoras innecesarias y/o injustificadas, durante la intervención de los servicios sociales
  7. Evitar la exigencia o solicitud de privilegio, trato de favor, compromisos improcedentes, beneficio injusto, prioridad injustificada o cualquier irregularidad respecto al acceso, tramitación, resolución o ejecución de las prestaciones o recursos
  8. No hacer ofrecimiento alguno de de dinero, promesa, recompensa, favores o regalos al personal interviniente
  9. No proferir insultos, injurias, calumnias o difamaciones, ni actuar mediante chantajes, amenazas o coacciones, directas o encubiertas, con respecto al personal, responsables políticos o técnicos, otras personas usuarias o las respectivas personas familiares o allegadas de todos ellos
  10. Cualquier otro establecido en el ordenamiento jurídico o en los reglamentos de régimen interior de los centros de Servicios Sociales

 

NORMATIVA REGULADORA

  • LEY 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía
  • LEY 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local
  • LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
  • PLAN de Servicios Sociales de Andalucía
  • DECRETO 49/1986, de 5 de marzo, para la creación de los Servicios Sociales Comunitarios de Andalucía
  • RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1988, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio-Programa entre el ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de prestaciones básicas de Servicios Sociales de Corporaciones Locales
  • DECRETO 103/1989, de 16 de mayo, por el que se desarrolla la creación de los Consejos de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía
  • DECRETO 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios
  • ORDEN de 22 de octubre de 1996, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios
  • DECRETO 171/1989 de 11 de julio, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones
  • ORDENANZA municipal reguladora del precio público del Servicio de Ayuda a Domicilio
  • ORDENANZA municipal reguladora de la publicidad, venta y consumo de alcohol y tabaco
  • ORDENANZA municipal reguladora del precio público por la prestación de cursos y talleres de ocio y formación socioeducativos
  • ORDENANZA municipal reguladora del precio público estancia en la Residencia Municipal para Mayores y Viviendas Tuteladas para personas Mayores
  • REGLAMENTO municipal regulador del procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro
  • ORDENANZA municipal reguladora de ejecución alternativa de sanciones administrativas de carácter económico mediante trabajos en beneficio de la Comunidad
  • Reglamento Municipal Regulador de la Gestión de la Calidad de los Servicios Sociales
  • Reglamento Municipal de Régimen Interno de los Centros de Servicios Sociales de las zonas Centro, Levante y Poniente
  • Reglamento Municipal de Funcionamiento de las Viviendas Tuteladas para Mayores
 

Informacion Pie

Ayuntamiento corp

Contacto: 956 696 200
Plaza J. García Cabreros, s/n
11300 - La Línea de la C.(Cádiz)

Ver en google maps